En acuerdo con el protocolo del Ayuntamiento de Mataró y la empresa Aigües de Mataró, SA, S.P.M, regulador de medidas contra la pobreza energética y la vulnerabilidad económica con relación al consumo de agua potable, del 24 de noviembre de 2016, Aigües de Mataró (en adelante, AMSA), facilita la contratación provisional del suministro de agua a las personas en situación de riesgo de exclusión residencial con el fin de dar agua de manera provisional mientras el ocupante y la propiedad gestionan los trámites para acordar un alquiler social.

El procedimiento es el siguiente:

El Ayuntamiento de Mataró recoge la solicitud de la persona que manifiesta el derecho de uso de una vivienda en Mataró y lo hace llegar a AMSA. A veces la solicitud se presenta en AMSA directamente por el solicitante.

AMSA identifica la propiedad de la finca a través del Registro de la Propiedad. En caso de que la titularidad de la vivienda sea de una entidad financiera, se sigue adelante con el procedimiento.

AMSA solicita al departamento de Benestar Social del Ayuntamiento de Mataró el informe de riesgo de exclusión residencial de la persona que ha presentado la solicitud. Si la persona no tiene el informe de riesgo de exclusión residencial favorable, se desestima el trámite.

Se informa a la propiedad que se solicita el alta del servicio de agua. Si la propiedad no desautoriza esta contratación se sigue adelante con el procedimiento.

En los casos en que la posición correspondiente de la batería no esté en condiciones para la colocación del contador, se hará valoración por parte de los servicios de técnicos de AMSA para la realización del presupuesto correspondiente que se tendrá que hacer efectivo, y la presentación de los boletines de la instalación interior firmada por un instalador autorizado.

Si finalmente se puede tramitar la contratación provisional, se avisa al interesado para que pase por las oficinas a formalizar la contratación.

El pago del alta de contador con bonificación social (90 € + IVA +fianza) lo asume el interesado haciendo un pago a plazos en un periodo de 6 meses como máximo.

Esta contratación provisional se permite inicialmente por un periodo de seis meses prorrogables por cuatro meses más en espera que se regularice la situación.

En ningún caso se contratará si el informe de riesgo de exclusión residencial no es favorable, si la titularidad de la vivienda no es de una entidad financiera o si el titular de la vivienda desautoriza la contratación.

Regularmente se pone en conocimiento de la policía local la lista de las direcciones contratadas.

En el momento que la propiedad de la finca manifieste su voluntad de cese del suministro de agua, se comunicará al titular del contrato provisional y se procederá a la baja del contrato y suministro si este no ha acreditado la titularidad de la finca.